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TED Oruro deja sin efecto solicitud de revocatorio de mandato del alcalde Wilcarani y del gobernador Vedia

TED Oruro deja sin efecto solicitud de revocatorio de mandato del alcalde Wilcarani y del gobernador Vedia

La Paz, 12 de jul 2024 (ATB Digital).-  La Sala Plena del Tribunal Electoral Departamental (TED) de Oruro dejó sin efecto la solicitud de revocatorio de mandato del alcalde Adhemar Wilcarani y 11 concejales del municipio de Oruro, además del gobernador Jhonny Vedia.

La determinación fue asumida por la falta de libros y firmas de adherentes en las fechas establecidas.

El presidente del TED Oruro, Limber Arroyo, aclaró que con esta determinación las solicitudes no pueden avanzar porque la responsabilidad del llenado de los libros de adherentes es de los promotores, “la sanción es el archivo de dicha iniciativa ciudadana, no existe otro tipo sanción, porque estamos hablando de un derecho que las personas pueden ejercer y está respaldado por la Constitución Política del Estado”.

Arroyo explicó que Pedro Ayma, promotor de esta iniciativa, no entregó ningún libro con las huellas dactilares y firmas para seguir con la solicitud de revocatorio contra el alcalde de Oruro, Adhemar Wilcarani, y el pleno del Concejo Municipal de Oruro. Dijo que hasta el 30 de junio era la fecha límite para la presentación de libros de adherentes.

Ayma debía recolectar 68.069 huellas y firmas de adherentes, equivalente al 30% del padrón electoral de la ciudad de Oruro. El total del padrón de ese municipio está compuesto por 226.898 ciudadanos inscritos.

En el caso de la solicitud de revocatorio de mandato contra el gobernador Vedia, el plazo para presentar los libros y las firmas era el 8 de julio. Juan Carlos Huanca, promotor de esta iniciativa tampoco realizó la entrega de libros adherentes y huellas dactilares.

Huanca debía recolectar en libros las huellas dactilares y firmas de 87.460 personas, que representa el 25% del padrón electoral. 

El presidente del TED Oruro recordó que hasta el 15 de julio es el plazo final para que la ciudadanía pueda solicitar el revocatorio de mandato a cualquier autoridad electa subnacional.

FUENTE: la razón

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