ATB RADIO

EN VIVO

ATB Digital
Política

Fijan para el 30 de junio cierre definitivo de la Dirección Estratégica de Reivindicación Marítima

La Paz, 17 de abr 2025 (ATB Digital) .- La Dirección Estratégica de Reivindicación Marítima, Silala y Recursos Hídricos Internacionales dejará de operar de forma definitiva el 30 de junio de 2025.

Así lo dispone el Decreto Supremo 5376, aprobado este miércoles en el gabinete de ministros, en apego a la decisión anunciada por el presidente Luis Arce el 23 de marzo, durante la conmemoración del Día del Mar.

“El presente Decreto Supremo tiene por objeto el cierre de la Dirección Estratégica de Reivindicación Marítima, Silala y Recursos Hídricos Internacionales”, refiere el artículo 1 de la norma publicada en la Gaceta Oficial.

El decreto establece como fecha de “cierre operativo” de la Dirección “el 31 de mayo de 2025” y su “cierre definitivo” para “el 30 de junio de 2025”.

“Del 1 al 30 de junio de 2025, la Dirección Estratégica de Reivindicación Marítima, Silala y Recursos Hídricos Internacionales mantendrá el personal mínimo necesario para realizar el cierre definitivo y presentación de los Estados Financieros”, apunta el parágrafo tercero del artículo 2.

Los activos y pasivos, incluidas las obligaciones sociales y laborales, serán transferidos por la Dirección y asumidos por el Ministerio de Relaciones Exteriores, que, además, asumirá los procesos judiciales y administrativos que tenga pendiente la Dirección y los que pudieran surgir, sea en calidad de demandante o de demandado.

La documentación física, el archivo institucional, biblioteca e información en formato digital de la Dirección serán entregados al Ministerio de Relaciones Exteriores debidamente foliados y catalogados, según corresponda; así como clasificados y codificados, identificando el grado de confidencialidad, bajo inventario, mediante actas de entrega y recepción verificadas.

El Ministerio de Relaciones Exteriores, en el caso de los actuados procesales generados a partir de la demanda marítima de Bolivia contra Chile “Obligación de negociar el acceso al Océano Pacífico” y la demanda del Silala “Controversia sobre el estatus y uso de las Aguas del Silala”, incluyendo los fallos y resoluciones emitidas por la Corte Internacional de Justicia, remitirá una fotocopia legalizada de los originales a la Procuraduría General del Estado, de acuerdo a sus atribuciones legales; debiendo este último mantener confidencialidad y reserva.

Por razones de seguridad nacional y por la naturaleza estratégica de las actuaciones del Estado en materia de reivindicación marítima y de defensa de los manantiales del Silala y/o de recursos hídricos internacionales, el Ministerio de Relaciones Exteriores resguardará la información identificada como confidencial y reservada, generada por la Dirección.

En el marco del numeral 2 del parágrafo i del artículo 237 de la Constitución Política del Estado, la información generada por la Dirección “identificada como confidencial y reservada, no podrá ser publicada, utilizada o difundida por ninguna persona natural o jurídica, con excepción del Ministerio de Relaciones Exteriores”.

Hasta el 30 de junio de 2025, la Dirección Estratégica de Reivindicación Marítima, Silala y Recursos Hídricos Internacionales debe presentar al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y a las instancias correspondientes, los Estados Financieros y el Informe del Auditor Interno.

Bolivia acudió en 2013 ante la CIJ exigiendo que Chile reconozca los compromisos históricos de negociar una salida soberana al Pacífico, arrebata en 1879 tras la invasión y posterior guerra. La justicia internacional falló a favor de Chile, empero afirmó que su determinación no debe ser tomada como un impedimento para que los dos países reinicien sus conversaciones para tratar la aspiración boliviana.

El fallo sobre el agua del Silala establece que tiene su nacimiento en territorio boliviano porque tiene “su origen en manantiales de agua subterránea en los humedales Sur (Orientales) y Norte (Cajones), ubicados en el departamento de Potosí de Bolivia, aproximadamente de 0,5 a 3 kilómetros al noreste del límite común con Chile a una altitud de alrededor de 4.300 metros”.

Además, reconoció los derechos de Bolivia al establecer que “en virtud de las normas del derecho internacional consuetudinario sobre el uso de los cursos de agua internacionales que se aplican al Silala, Bolivia y Chile tienen derecho a una utilización equitativa y razonable de las aguas del Silala”.

Fuente: ABI

Noticias relacionadas

Ministro de Desarrollo Productivo entregó más de 900 certificados de competencia en Achacachi

ATB Usuario

Travis Kelce dijo que no sabe cómo logró conquistar a Taylor Swift

Cristal Vergara Capo

Xavi llama al boliviano Cuéllar a entrenar con el primer plantel del Barcelona

Cristal Vergara Capo