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El TSJ anula condena contra mujer acusada de homicidio

El TSJ anula condena contra mujer acusada de homicidio

Sucre, 20 de abr 2025 (ATB Digital) .- Ella terminó la relación amorosa extramatrimonial y la culparon por homicidio porque no le prestó auxilió cuando agonizaba

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) anuló una sentencia contra una mujer que fue condenada a cinco años de cárcel en Villa Montes, Tarija, acusada por el homicidio de su amante, un policía que se disparó en el pecho con su arma de fuego, cuando ella terminó la relación sentimental que mantenían. La acusaron por omisión de auxilio, porque después de la tragedia ella abandonó el lugar mientras el hombre se desangraba en el suelo.

Según la relación de los hechos, la mujer y el hombre mantenían una relación extramatrimonial, y la tarde del 16 de noviembre de 2018 acordaron encontrarse en oficinas de la entidad financiera FIE, donde el policía trabajaba como guardia de seguridad. Ya en el lugar, se entraron al baño, donde el hombre le advirtió que, si ella persistía en terminar la relación, él se quitaría la vida; entonces sacó su arma reglamentaria y se disparó en el pecho.

Luego del balazo, la mujer asustada salió corriendo del lugar hacia la cancha del barrio Bolívar en busca de su amiga que estaba jugando en un campeonato interbancario. Al no encontrarla, volvió a la escena de la tragedia y sacó el casquillo de la bala producto del disparo y el celular de la víctima y, nuevamente, salió hacia donde estaba su motocicleta. Entonces hizo un llamado a Radio Patrullas 110 de la Policía, le contestó una mujer a quien le reveló que en el banco se escuchó un sonido muy fuerte, un disparo, que vayan, porque alguien se había disparado.

ERAN AMANTES

En la investigación se estableció que ambos eran amantes y tenían sus parejas, y esta relación fue revelada por la esposa de la víctima que encontró cartas, fotografías que se sacaron en la intimidad, mensajes de WhatsApp y una carta a través de la cual el hombre se despedía porque su amante terminó la relación. Previo al hecho ocurrido habían mantenido relaciones sexuales.

ELLA NO LO MATÓ

En la sentencia se ha probado que ella no lo mató. Ronald Balboa Catari, murió por proyectil de arma de fuego que le provocó anemia aguda (hemotórax masiva), conforme a la autopsia médico legal de 17 de noviembre de 2018.

De acuerdo al informe pericial el acusado tenía un arma de fuego calibre 9 milímetros marca Glock 17 en la mano derecha con el que se disparó en el pecho y la pericia balística establecía a la imputada como sospechosa porque en ese momento se encontraba con él.

¿OMISIÓN?

Los jueces del Tribunal de Sentencia en primera instancia y luego los vocales del Tribunal Departamental de Tarija en apelación, sostienen que la mujer omitió brindarle auxilio oportuno al hombre que se encontraba desangrando en el suelo y, al contrario, lo que hizo fue sustraer el teléfono celular de la víctima y el casquillo de la bala producto del disparo, lo que enerva la conducta de evitar darle auxilio y proteger un derecho como es la vida.

Arguyen que la imputada era responsable de prestar auxilio a la víctima, estaba en la capacidad de cuidarlo y pedir ayuda, pero desatendió totalmente esa necesidad elemental que es el de velar por la vida.

Mucho más al tener una relación sentimental, pues les “ataba” un sentimiento de protección y cuidado a la persona que se encuentra en peligro de muerte por disparo de arma. Por lo que los fiscales y jueces sostienen que la mujer cometió el delito de homicidio por omisión.

ACUDE AL TSJ

Con la condena en su contra, la mujer imputada recurrió en casación ante el TSJ, reclamando la defectuosa valoración de la prueba durante el juicio oral, por la lesión que la propia víctima se provocó al dispararse en el pecho y no puede decirse que ella se encontraba en posición de garante de la vida de la víctima.

En su defensa, sostiene que si el Tribunal de Sentencia llegó a la conclusión de que su persona omitió el auxilio a la víctima, entonces se estaría frente al delito de denegación de auxilio y no de homicidio.

En criterio del Tribunal de Sentencia, hubo omisión de ayuda, porque si lo auxiliaba posiblemente iba a vivir, pese a que ha sido una muerte violenta y dolorosa.

AUTO SUPREMO

Se trata del Auto Supremo de fondo Nº 0464/2025, de 10 de abril, que ya se encuentra disponible en el Sistema de Seguimiento y Gestión de Causas del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).

El TSJ ordena a los vocales dictar nueva sentencia

En trámite de casación, la Sala Penal del TSJ, conformada por los magistrados Carlos Ortega (Presidente) y Ricardo Torres, ordenó a los vocales emitir otra sentencia tomando en cuenta las observaciones de los magistrados y la tipificación del delito en cuanto a la responsabilidad penal de la acusada que fue condenada a cinco años de cárcel.

Esta es una de las primeras sentencias de la Sala Penal del TSJ en lo que va del año, con la que anuló la resolución de un tribunal de juicio de Tarija que condenó a la mujer por el delito de homicidio, arguyendo que ella no brindó socorro a su enamorado después que este se disparó con su propia arma de fuego.

Fuente: Correo del Sur

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