Mundo, 18 de jun 2025 (ATB Digital)-. El 23 de marzo de 2008 Mara Sofía Mateu, de 16 años, salió de su casa en Santa Teresita para ir a un cíber. Nunca volvió. Al día siguiente, su cuerpo apareció entre los médanos de la ciudad. La autopsia determinó que había sido golpeada, abusada sexualmente y asesinada.
Por el crimen, dos hombres fueron condenados a prisión perpetua: Adrián Darío Svich, un turista que había llegado a la Costa Atlántica desde La Plata, y Diego Daniel Buzzo, un joven que había sido visto con la víctima la noche del hecho.
Hoy, 15 años más tarde, la defensa de uno de ellos presentó ante la Justicia un planteo que pretende cambiar la historia.
Innocence Project Argentina, una organización dedicada a la revisión de condenas, promovió una acción de revisión ante el Tribunal de Casación Penal bonaerense para que se revoque la sentencia dictada contra Svich y se dicte su absolución. El argumento son las conclusiones de un nuevo estudio genético y un informe criminalístico que, según aseguran desde la organización, demuestran que no hay elementos científicos que lo vinculen al crimen.
El planteo detalla que la condena de Svich se sostuvo casi exclusivamente sobre la afirmación de que se había hallado material genético de Mara en la camisa que él usó durante su estadía en la ciudad balnearia.
“El único elemento que vincula a Adrián Svich con los hechos es el segundo informe de ADN sobre la prenda. No hay ADN en la escena del crimen ni en el cuerpo de la víctima. Tampoco existe prueba confiable sobre el conocimiento entre Svich y Buzzo, y menos aún de que estuvieron juntos esa noche. Svich no conocía a Mara Mateu”, explicaron.
Para la defensa, ese informe de ADN careció del rigor científico necesario, ya que no aplicó métodos estadísticos adecuados, pasó por alto inconsistencias y no tomó en cuenta los estándares actuales de la genética forense.
“Lamentablemente, en el caso, la condena se basó un informe pericial genético que fue equivocado. El informe consideró acreditado que había ADN de la víctima en la camisa del acusado, pero esto no fue así. Un informe de la Fundación Favaloro con la ciencia actualmente disponible contradice esa afirmación”, dijo a Infobae Manuel Garrido, ex fiscal y presidente de Innocence Project Argentina.
Y amplió: “La Comisión presidencial de los Estados Unidos que estudió los problemas de la ciencia forense destacó que puede haber errores de diagnóstico cuando lo que se trata de determinar es la presencia del ADN de una persona en una mezcla de varios perfiles. Esperamos que a raíz de esta acción de revisión se analice de nuevo esa prueba genética defectuosa”.
Junto al informe genético, la defensa aportó un estudio criminalístico realizado en 2022 que examinó las prendas de Svich, los resultados de la autopsia, los peritajes y las inspecciones oculares en la escena. La conclusión de ese trabajo fue que no existen evidencias físicas o biológicas que lo ubiquen en el lugar del hecho: no se hallaron rastros de arena o vegetación en su ropa, ni restos que lo relacionen con el cuerpo de la víctima o el escenario del crimen.
En tanto, respecto de las lesiones que presentaba al momento de ser detenido, que durante el juicio se interpretaron como arañazos compatibles con una maniobra defensiva de Mara, podrían, según la defensa, responder a otras causas. Svich había declarado que se había lastimado reparando su casa en La Plata, antes de viajar a la Costa.
La organización que patrocina a Svich además cuestiona el peso que tuvo en el proceso la frase que el condenado pronunció durante una discusión en un hotel de la zona, cuando, en estado de ebriedad, dijo tener “una chica colgada de un árbol”.
Sostienen que el contexto en el que se dio esa expresión y el estado del acusado en ese momento le quitan valor como elemento incriminante, ya que esa frase -explican- fue dicha junto con otras afirmaciones delirantes durante un altercado por la cuenta del hotel, lo que motivó que lo detuvieran por una contravención.
El pedido ante Casación no solo apunta a revocar la condena y dictar una sentencia absolutoria, sino también a que se realice un nuevo peritaje genético bajo los estándares científicos actuales, con software especializado y técnicas que no estaban disponibles al momento del primer estudio.
En la presentación también se solicitó que se cite al perito que elaboró el nuevo informe y que se escuche a un psicólogo que trató a Svich durante su detención, quien, según el recurso, podría aportar datos relevantes. Además, requirió la libertad provisional del detenido, que hoy tiene 64 años y se encuentra alojado en la Unidad Penal de Barker, en Benito Juárez.
“En este caso se condenó al verdadero culpable, cuyo ADN se detectó en el cuerpo de la víctima y en los elementos con que la ahorcó. También fue visto momentos antes del homicidio con ella y se había apoderado de su teléfono celular. Nada de eso ocurrió con Svich”, concluyó Garrido.
Aquella noche del 23 de marzo de 2008, Mara había salido sola de su casa rumbo al centro comercial de la ciudad. Al día siguiente, un turista que paseaba a su perro encontró su cuerpo entre los médanos, a la altura de la calle 36. Estaba boca abajo, sin ropa interior y presentaba signos de haber sido golpeada, abusada y estrangulada, primero con las manos y luego con el cordón de su zapatilla. La autopsia determinó que había intentado defenderse y que había dejado marcas de uñas en uno de sus agresores.
En las primeras horas, la Policía demoró a varias personas. Svich, que se alojaba en un hotel de la ciudad, fue arrestado por una contravención tras un episodio con el personal del lugar. Allí comenzó a ser vinculado con el crimen. En un primer momento, recuperó la libertad por falta de mérito. Meses después, un segundo informe de ADN lo volvió a poner en la mira y derivó en su detención definitiva.
En el juicio de 2011, Svich fue condenado a prisión perpetua por “abuso sexual con acceso carnal agravado por la cantidad de intervinientes y homicidio criminis causa”. Buzzo recibió la misma pena por los mismos delitos y, además, por robo agravado, ya que le sustrajo el teléfono celular y el reproductor MP3 a la víctima.
La condena quedó firme en 2018 tras los rechazos de los recursos en todas las instancias. Hoy, el caso vuelve a la Justicia, con un planteo que cuestiona esa sentencia.
Fuente: Infobae