La Paz, 24 de feb 2026 (ATB Digital).- El Servicio Nacional de Áreas Protegidas (SERNAP), dependiente del Ministerio de Planificación del Desarrollo y Medio Ambiente, emitió el instructivo INS/DP N° 0013/2026 con lineamientos dirigidos a las 23 áreas protegidas del país para el reporte de cuentas institucionales en redes sociales y el uso oficial de plataformas digitales.
El documento, fechado el 5 de febrero de 2026 en la ciudad de La Paz y firmado por la directora ejecutiva, Cecilia Gabriela Miranda Chávez, instruye a los directores de cada área protegida remitir un informe digital con el registro completo de las cuentas institucionales existentes.
El reporte deberá incluir el nombre de la cuenta, la plataforma utilizada (como Facebook, X, Instagram, TikTok, YouTube u otras), el enlace directo, además del nombre completo, cargo y número de contacto de las personas responsables de la administración de cada cuenta. El informe deberá enviarse a la Dirección Ejecutiva y a la unidad de Comunicación mediante los canales oficiales.
El instructivo también establece que las cuentas personales de guardaparques o funcionarios no deben ser utilizadas para difundir información institucional, operativos, actividades internas o mensajes oficiales. Toda comunicación institucional deberá publicarse únicamente a través de cuentas oficiales del SERNAP o de cada área protegida. Asimismo, se prohíbe emitir comunicados oficiales, publicar fotografías, videos o informes institucionales desde perfiles personales, así como mezclar contenido privado con contenido institucional.
Según el documento, estas medidas buscan garantizar seguridad, orden comunicacional, protección de datos institucionales y coherencia en la información difundida al público.
En un segundo apartado, el SERNAP instruye a las áreas protegidas remitir, hasta el 20 de febrero de 2026, fotografías y videos actualizados sobre fauna, flora, paisajes, ecosistemas, actividades de conservación y turismo sostenible, debidamente rotulados. El material será utilizado exclusivamente para la elaboración de contenidos institucionales destinados a fortalecer la imagen de la entidad y brindar información de carácter educativo, informativo y turístico.
El incumplimiento de las disposiciones dará lugar a las sanciones previstas en el Reglamento Interno y la normativa legal vigente, según establece el instructivo.
Fuente: Sala de redacción ATB Digital

