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Habilitan trámites virtuales para las excusas de jurados electorales que no podrán ejercer su rol

Habilitan trámites virtuales para las excusas de jurados electorales que no podrán ejercer su rol

La Paz, 24 de sep 2025 (ATB Digital).- El trámite puede realizarse las 24 horas del día vía virtual

Las y los jurados electorales que no podrán ejercer su rol en la segunda vuelta de las elecciones generales 2025 del 19 de octubre pueden excusarse de forma presencial en oficinas de los tribunales electorales departamentales y vía la plataforma https://plataforma-ciudadana.oep.org.bo hasta el 28 de septiembre.

El trámite puede realizarse las 24 horas del día vía virtual. Una vez ingresa a la plataforma debe crear una cuenta con un correo electrónico vigente al que tenga acceso, ya que se le enviará un mensaje de confirmación para validar el registro. Luego, podrá iniciar sesión y seleccionar la opción “Excusas de jurados designados”.

En esta sección se debe presionar “registrar” para iniciar la solicitud, elegir la causal de excusa correspondiente y adjuntar la documentación que respalde el motivo.

Finalmente, al enviar la solicitud con el botón “registrar excusa”, se podrá realizar el seguimiento del trámite a través de la misma plataforma, donde se publicará la respuesta.

Para tramitar su excusa, los jurados deben adjuntar una fotocopia de su cédula de identidad, documentos de respaldo necesarios para justificar su inasistencia, todos en formato imagen (fotografía). De igual manera, las personas que requieran presentar su solicitud de manera presencial deben acudir con todos sus documentos a las oficinas de los TED en los distintos departamentos.

El presidente del Tribunal Electoral Departamental (TED) de Oruro, Iver Pereira, informó que las solicitudes serán revisadas por Secretaría de Cámara y deben ajustarse a una de las causales de enfermedad (presentar un certificado médico emitido por un establecimiento de salud, público o privado, legalmente autorizado) y embarazo (la gestante debe mostrar un certificado médico o fotocopia simple del certificado de atención prenatal).

También por fuerza mayor o caso fortuito, que incluye situaciones imprevistas y extraordinarias, como cirugías programadas o viajes al exterior, siempre que se respalden con documentación; candidatura o dirigencia política: quienes sean candidatos y candidatas o ejerzan cargos dirigenciales en organizaciones políticas deben presentar una constancia oficial; personas que el día de la elección prestan servicios públicos o privados indispensables (servicios médicos de emergencia, medios de comunicación): deben obtener un certificado de trabajo emitido por la entidad contratante en el que se consigne expresamente que prestará servicios el día de la jornada de votación.

De igual manera las personas mayores de 60 años no están obligadas a cumplir con la labor de jurados, para ello solo deben presentar una fotocopia simple de cédula de identidad.

Quienes tienen bajo dependencia a personas con enfermedades incapacitantes o discapacidad moderada, grave o muy grave, deben portar una fotocopia simple de la documentación que acredita la enfermedad o discapacidad y de los documentos que demuestren la relación entre la persona dependiente y el jurado que presenta su excusa; y quienes tienen bajo dependencia a menor lactante, hasta los dos años de edad, deben presentar una fotocopia simple del certificado de nacimiento del menor.

“El jurado electoral cumple una función clave en el proceso democrático. Invitamos a la población a ejercer esta responsabilidad”, convocó Pereira, citado en un reporte de Fuente Directa.

Las y los ciudadanos pueden verificar si fueron seleccionados jurados mediante la aplicación móvil Yo Participo o en el sitio web oficial www.oep.org.bo.

Fuente: Correo del Sur

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