La Paz,
24 sep 2021 (ATB Digital).-El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN)
aclara a los comerciantes minoristas, artesanos y vivanderos del país en
general y de El Alto en particular, que los operativos de control de
facturación están dirigidos solo los contribuyentes obligados a emitir factura
por la venta de un bien o servicio y que en ningún momento incluyó en dichos
controles rutinarios a gremialistas alteños contribuyentes registrados en el
Régimen Tributario Simplificado (RTS).
En las últimas horas, en una entrevista radial, un dirigente de
la Federación de Comerciantes Minoristas del Distrito 6 de El Alto desinformó a
sus afiliados, cuando afirmó que el SIN está exigiendo a tiendas de barrio a
emitir factura.
Frente a esta acusación sin
fundamento, la Administración Tributaria ratificó la plena vigencia del RTS, de
acuerdo con la norma vigente; y reiteró que los contribuyentes registrados en
este régimen tributario no tienen la obligación de emitir factura.
Además, el SIN pidió a la familia gremial alteña, que en caso de
presentarse falsos fiscalizadores, denuncien este delito a las autoridades
correspondientes.
Impuestos Nacionales recordó a la población en general y a los
contribuyentes en especial que sus funcionarios realizan el control móvil de
facturación con la siguiente documentación: Cédula de Identidad, credencial de
fiscalización, memorándum de designación.
El RTS fue creado para facilitar el pago de impuestos a los
gremialistas, artesanos y vivanderos.
Para pertenecer a este régimen, los contribuyentes debe tener un
capital de operación que no exceda los Bs60.000 (Decreto Supremo Nº 3698);
además, el monto de sus ventas anuales no debe superar los Bs184.000.
Finalmente, se aclara que en el marco de las facultades del SIN
establecidas en el artículo 66° de la Ley Nº 2492, el control de emisión de
facturas se realiza a los contribuyentes del Régimen General quienes están
obligados a emitir factura.
Fuente: Urgente.bo