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Justicia recuerda que la Constitución dicta la aprobación de leyes por mayoría absoluta

Justicia recuerda que la Constitución dicta la aprobación de leyes por mayoría absoluta

La Paz, 16 nov 2021 (ATB Digital).- En medio de otro debate político y conflicto sobre la forma de aprobación de normas en la Asamblea Legislativa, el Ministerio de Justicia recordó que todas las leyes se aprueban con “mayoría absoluta”.

“De acuerdo con el artículo 163 de la Constitución Política del Estado (CPE), ‘las decisiones de la Asamblea se tomarán por mayoría absoluta de sus miembros presentes’ y así ocurre al interior del Órgano Legislativo a lo largo de décadas y en muchos países del mundo con el fin de garantizar gobernabilidad”, explicó la cartera de Estado en una nota de prensa.

El retiro de la votación por dos tercios de los reglamentos de las cámaras de Diputados y de Senadores durante el periodo legislativo final 2014-2020 ha reavivado conflictos políticos en el país, que de demandar la abrogación de la Ley 1386, de Estrategia de Lucha contra la Legitimación de Ganancias Ilícitas, pasó la petición de restitución de los dos tercios.

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El lunes, la Asamblea de la Paceñidad, en coincidencia con las alianzas Comunidad Ciudadana (CC) y Creemos, determinó solicitar la restitución de los 2/3 para la aprobación “consensuada de leyes”.

El Ministerio de Justicia consideró que los reglamentos legislativos “respetan lo dispuesto en la Carta Magna referido al tratamiento de asuntos de carácter estratégicos y lo dispuesto para la aprobación de leyes”.

Al contrario, explicó que la modificación de finales de 2020 “corresponden únicamente a artículos que se refirieren a temas administrativos”. Así, explicó que se esos ajustes se refieren a la aprobación del orden del día, la revisión de la documentación enviada por el Órgano Ejecutivo para ascensos de las Fuerzas Armadas como trámite administrativo, el establecimiento de sesiones por tiempo y materia, y la entrega de honores, entre otros.

La nota de prensa aclara que en los reglamentos de Senadores y de Diputados se mantiene el mandato de la Constitución en relación de la aplicación de 2/3 para la elección de miembros del Órgano Electoral, las interpelaciones a ministros de Estado y su posible censura, la autorización de juicio de responsabilidades a Presidente y Vicepresidente, la designación del Fiscal General del Estado o la objeción de la designación del Procurador General del Estado.

Además, para la aprobación de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, la Aplicación de sanciones a diputados y senadores; el juzgamiento de los miembros del Tribunal Constitucional Plurinacional, del Tribunal Supremo, del Tribunal Agroambiental y del Consejo de la Magistratura o cualquier tipo de reforma parcial de la Constitución.

Con la abrogación en curso de la Ley 1386, que fue factor de conflicto en los últimos días, CC y Creemos, además del Comité pro Santa Cruz, impulsan protestas por la restitución de los 2/3 en casos legislativos.

(La Razón)

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