La Paz, 18 de oct 2024 (ATB Digital).- Tras una jornada intensa de más de 10 horas en el juicio oral por el caso Golpe de Estado I contra la expresidenta Jeanine Áñez, el gobernador de Santa Cruz, Luis Fernando Camacho, y el excívico potosino Marco Antonio Pumari, el Juzgado Sexto de Sentencia de La Paz determinó este jueves apartar a la exmandataria del caso Golpe I, bajo el argumento de que no puede ser procesada dos veces por un mismo hecho que el caso Golpe II.
“Ha concluido la audiencia, estamos sorprendidos por la decisión que ha asumido el tribunal, donde la etapa de excepciones e incidentes se ha dado por bien hecho… un incidente de doble juzgamiento a favor de la señora Jeanine Áñez, la misma que por procedimiento ha sido apelada esta dicha resolución”, informó el subprocurador del Estado, Ricardo Condori.
Añadió que se apartó “momentáneamente”, pero que, “como por procedimiento» la decisión fue apelada por el Ministerio Público.
En junio de 2022, la Justicia condenó a la expresidenta con 10 años de prisión dentro el caso Golpe de Estado II. Entonces fue acusada por los delitos de incumplimiento de deberes, resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes tipificadas en los artículos 153 y 154 del código penal.
Golpe II
El caso Golpe II se refiere a la proclamación de Áñez como presidenta transitoria del Estado, el 12 de noviembre de 2019. Dos días antes, renunciaba como mandatario Evo Morales, asfixiado por las denuncias de fraude electoral, las protestas cívicas lideradas por el entonces dirigente cruceño Luis Fernando Camacho (hoy gobernador encarcelado), un motín policial y la presión militar.
Luis Guillén, abogado de la exmandataria, indicó que Áñez ya no será parte del proceso de terrorismo, sedición y conspiración, luego que el Tribunal de Sentencia Anticorrupción Sexto de La Paz determinara que sea apartada del caso.
“Ella no va a ser sometida al proceso de terrorismo, sedición y conspiración, en ninguno de los grados. Ha existido una sentencia (por el caso Golpe II) y al día hoy se ha decidido apartarla”, dijo el jurista.
Añadió que no se puede considerar una victoria debido a que no se restituyó la libertad de la exmandataria. Sin embargo, dijo que se considera “un respeto a lo que establece la norma”.
La decisión del tribunal se da luego que la defensa presentó un incidente en el que indicó que no se podía juzgar doblemente a Áñez por un mismo hecho.
Asimismo, la defensa de Áñez presentó un recurso de incompetencia en el que argumentaba que la expresidenta debía ser juzgada en un juicio de responsabilidades y no en uno ordinario.
El subprocurador indicó que, respecto a la excepción de competencia, la misma fue declarada infundada “siendo que, sí corresponde un juicio ordinario, porque se trata de un delito común”.
“Es más, la parte acusada no ha fundamentado de manera adecuada y correcta su solicitud, por lo tanto, con ese argumento es que el tribunal ha decidido respecto a la excepción de incompetencia denegar dicha solicitud”, señaló.
En Rebeldía
Tras esta decisión seguirán con este juicio Camacho y Pumari. Así también el Tribunal declaró en rebeldía al exjefe del Departamento III de Operaciones de las FFAA, Sergio Orellana, y Williams Kaliman, quien era entonces el comandante de las Fuerzas Armadas.
“Kaliman y Orellana han sido declarados rebeldes, entre otros, por lo tanto, de acuerdo a procedimiento, el Código de Procedimiento Penal ha dispuesto algunas medidas restrictivas como arraigo entre otros aspectos, también apartándoles del proceso”.
Fuente: La Razón