De acuerdo con el informe de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), al tercer trimestre de 2023, 8 de cada 10 trabajadores en Bolivia se encuentran en la informalidad. Asimismo, según datos del Banco Mundial (2020), la misma proporción de trabajadores informales trabajan en microempresas, por lo que se puede inferir que dichas unidades económicas en Bolivia desarrollan sus actividades prácticamente en el campo de la informalidad.

Es bien sabido que en nuestro país los emprendedores se enfrentan a diversas dificultades para su formalización, como son las excesivas regulaciones impositivas, laborales y trámites burocráticos para su registro (SEPREC, GAM, etc), que impulsan a los emprendedores a realizar sus actividades económicas en la informalidad, sacrificando la oportunidad de acceder a créditos financieros, entre otros.
Lastimosamente en Bolivia los emprendimientos en estado de maduración deben cumplir con engorrosas y complejas obligaciones tributarias (IVA, IT, IUE y RC-IVA), además del llenado y presentación de formularios mensuales, anuales y estados financieros ante el Servicio de Impuestos Nacionales, previstos en el Régimen General del Sistema Tributario Boliviano. Ello necesariamente conlleva un costo adicional, ya que por la especialidad de la materia frecuentemente se debe requerir servicios de profesionales (contadores y auditores) externos.
Contrariamente, no hace mucho, una comitiva de la Republica del Paraguay se presentó en la Expocruz difundiendo las facilidades para la apertura de empresas en dicho país, así como el establecimiento de regímenes tributarios simples para el pago de impuestos, más conocido como la “fórmula del triple 10”, referida a la aplicación de una alícuota única del 10% para el pago de los impuestos al valor agregado, a la renta y a las empresas, como parte de una política de fomento al desarrollo de su aparato productivo que a su vez genera más empleo. Tratamientos similares actualmente son aplicados por países como Argentina, Colombia, Chile y Uruguay, entre otros, que cuentan con regímenes tributarios intermedios, es decir un régimen fiscal para aquellos contribuyentes que no encajan completamente en las categorías de pequeños contribuyentes o grandes empresas, dirigido en su mayoría a micro y pequeñas empresas, establecidos en muchos casos para simplificar la carga administrativa y fomentar su formalización.
En cambio, en Bolivia, 38 años después de la implementación del actual sistema tributario a través de la Ley N° 843, queda claro que éste requiere de una reforma que permita a los pequeños emprendimientos productivos formalizarse para acceder a beneficios como acceso a créditos financieros con tasas de interés preferenciales promovidos por el Gobierno Nacional, o exportación de sus productos con valor agregado, en un marco de simplificación tributaria, que además permita ampliar el número de contribuyentes.
Se dice que el que busca encuentra. Esperemos la pronta implementación de una política tributaria para que nuestro país no solo sea proveedor de materia prima, sino que también incentive el desarrollo de nuestro aparato productivo, fomentando la industrialización en condiciones favorables para nuevos emprendedores.