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Cochabamba va a urnas para renovar 4 senadores, 19 diputados y un supraestatal

Cochabamba, 17 de agosto 2025 (ATB Digital).- En Cochabamba, hay 1.443.013 ciudadanos habilitados para votar hoy. Los votantes en el departamento van a las urnas para renovar, además de Presidente y Vicepresidente, a cuatro senadores, 19 diputados y una autoridad supraestatal.

Esta jornada, 7.567.207 bolivianas y bolivianos acudirán a las urnas para elegir a las nuevas autoridades del país.

Se habilitarán 34 mil mesas en 5.700 recintos de votación en todo el país.

Según la Ley 026 de Régimen Electoral, el ejercicio del sufragio es un derecho y se expresa en el voto y su escrutinio público y definitivo. En Bolivia, el voto emitido por cada ciudadano tiene el mismo valor; es universal, porque los ciudadanos, sin distinción alguna, gozan de este derecho; es directo, porque los ciudadanos intervienen personalmente en los procesos electorales, votan por las candidatas y candidatos de su preferencia; es secreto, porque la ley garantiza la reserva del voto; y libre, porque expresa la voluntad del elector.

Además de Presidente y Vicepresidente, en el país hay un total de 175 escaños; de esos, 24 le corresponden a Cochabamba.

Del total de los escaños titulares, 36 son de senadores (cuatro por cada uno de los nueve departamentos). Existen 130 diputados; de esos, 60 escaños son plurinominales (diputados plurinominales), 63 son escaños uninominales (diputados uninominales), hay siete escaños especiales (diputados indígenas) y nueve parlamentarios supraestatales.

Cochabamba tiene un total de 24 escaños, entre los cuatro senadores, nueve diputados plurinominales, nueve diputados uninominales, un diputado indígena y el representante supraestatal.

PAPELETA CON DOS FRANJAS

Los votantes pueden hacer dos votos; la papeleta de sufragio tiene dos franjas. En la franja superior se podrá marcar para elegir al Presidente y Vicepresidente. En la inferior, el voto es para los diputados uninominales o de circunscripción especial.

El voto es independiente uno del otro. El ciudadano puede marcar por una opción arriba y por otra abajo, lo que se denomina voto cruzado.

La cantidad de senadores y diputados plurinominales que sean elegidos depende de los votos que reciban los candidatos a Presidente y Vicepresidente.

Entretanto, los diputados uninominales son elegidos de manera independiente en cada circunscripción, por mayoría simple de votos válidos.

Los diputados especiales son siete en todo el país. El voto también es independiente de los binomios. En Cochabamba eligen al diputado especial los yuquis y yuracarés, quienes habitan en el Trópico.

Por su lado, los parlamentarios supraestatales, que son las autoridades representantes ante organismos, se eligen uno por departamento. También se eligen por simple mayoría de votos válidos, según la votación que reciban las organizaciones políticas en la franja que corresponde a Presidente y Vicepresidente.

LAS NUEVE CIRCUNSCRIPCIONES

En el departamento, hay nueve circunscripciones uninominales y una especial que corresponde a naciones y pueblos indígena originario campesinos.

En las circunscripciones uninominales, los ciudadanos eligen a diputados uninominales. La Circunscripción 20 (C20) corresponde a la zona norte de la ciudad de Cochabamba; la C21, al centro y sur de la ciudad; y la C22 es de la zona oeste de Cochabamba, además del municipio de Colcapirhua.

La C23 corresponde a Sacaba; la C24, a Shinahota, Puerto Villarroel, Villa Tunari y Chimoré (en la región del Trópico); la C25, a Vacas, Pocona, Tiraque, Colomi, Alalay, Pasorapa, Omereque, Pojo, Totora, Entre Ríos, Vila Vila, Mizque, el Territorio Indígena Originario Campesino (TIOC) de Raqaypampa y Aiquile; la C26, a Sacabamba, Toco, Villa Gualberto Villarroel, Tacachi, Villa Rivero, Cliza, Sicaya, Arani, Punata, San Benito, Tolata, Capinota, Arbieto, Santiváñez, Tarata y Anzaldo; la C27, a Cocapata, Villa de Independencia, Arque, Vinto, Morochata, Sipe Sipe, Tapacarí, Tacopaya y Bolívar; y la C28, a Tiquipaya y Quillacollo.

Entretanto, la circunscripción especial es de los pueblos indígenas yuqui y yuracaré, ambos de la región del Trópico.

TIPOS DE VOTO

La Ley 026 de Régimen Electoral establece tres tipos de voto: válido, blanco y nulo.

El voto válido es el que se emite con una marca o seña para un candidato determinado dentro del espacio asignado en la papeleta.

El voto blanco es cuando no se vota por nadie.

Mientras tanto, el voto nulo es aquel que se realiza con marcas, signos o expresiones fuera de los lugares para marcar el voto que deliberadamente anulen la papeleta, o marcas que no indiquen con claridad la voluntad de voto. “Son nulos los votos también cuando se vote con marcas o signos en más de una casilla de voto para un mismo nivel de representación o gobierno (…); o cuando se usen papeletas que estén rotas, incompletas o con alteraciones en su impresión”, según la ley.

El voto blanco o nulo para un nivel de representación o gobierno no afecta al voto de otra franja o nivel de representación o gobierno de la misma papeleta.

Los votos a favor de organizaciones políticas o alianzas políticas que hayan decidido no participar en las elecciones serán considerados nulos.

CONTEO MANUAL

En el país, la emisión del sufragio y el conteo de votos se realizan de manera manual. Se emite el voto a través de papeletas que cada elector marca eligiendo el candidato de su preferencia. Una vez cerrada la votación, el conteo de votos se realiza en un acto público.

Tanto para la votación como para el conteo, las máximas autoridades de las mesas de sufragio son los jurados electorales, que son ciudadanos que de manera transitoria tienen la responsabilidad de organizar y garantizar el funcionamiento de la mesa de votación, “asegurando la transparencia, imparcialidad y legalidad del proceso en su ámbito de competencia”, según explica el Órgano Electoral Plurinacional (OEP).

Concluida la votación, el recinto que era reservado “se vuelve público”, y allí se realiza el escrutinio y conteo de votos, con presencia de los delegados de organizaciones y alianzas políticas.

El acta electoral es el documento oficial que registra de manera formal los resultados y hechos relevantes ocurridos en una mesa de sufragio durante la jornada electoral. Es llenada por el secretario de mesa y debe ser suscrita por quienes ejercieron como jurados y por las personas delegadas acreditadas.

“Una vez concluido su llenado y firma, los delegados de organizaciones políticas y alianzas políticas, así como el público en general, pueden tomarle una fotografía”.

Posteriormente, se procede a la entrega de copias del acta a la persona operadora de transmisión, notario, presidente de mesa y luego a delegaciones de organizaciones políticas.

CENTRO DE CÓMPUTO

El Tribunal Electoral Departamental (TED) de Cochabamba instaló el Centro Departamental de Cómputo (CDC) en el hotel Regina, en Tiquipaya.

Ahí, como se expuso en un simulacro en días anteriores, se instalará la sesión del pleno del TED para la puesta en cero del sistema de consolidación oficial de resultados de cómputo y posterior funcionamiento del Centro con estaciones como la de recepción de sobres de seguridad, apertura pública del acta, digitalización de la misma, transcripción a cargo de los operadores, segunda transcripción, validación y control de calidad.

Durante esta jornada, son importantes los actores electorales (el Órgano Electoral Plurinacional, el Tribunal Supremo Electoral, los tribunales electorales departamentales, votantes, jueces, jurados, notarios, guías, delegados de partidos políticos y observadores internacionales), que son los encargados de convertir el proceso electoral en un acto de confianza colectiva.

El OEP sostiene que la vigilancia y participación ciudadana fortalecen el proceso.

“Intervienen las juradas y jurados de las mesas de sufragio, notarias y notarios, delegadas y delegados políticos, observadores nacionales e internacionales, ciudadanía en general”.

El TSE es la máxima autoridad electoral y es responsable de la administración, ejecución, publicación de los resultados oficiales.

“Sus decisiones son finales, no se pueden apelar ni revisar”.

Fuente: Opinión

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