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Más de 141.OOO empresas en Bolivia cumplen con declarar a sus beneficiarios finales ante el Seprec

La Paz, 5 junio 2025 (ATB Digital).— El Servicio Plurinacional de Registro de Comercio (Seprec) informó que entre enero de 2023 y abril de 2025 se registraron beneficiarios finales en 141.675 unidades económicas del país, con lo que se fortalece la transparencia empresarial y el cumplimiento de estándares internacionales establecidos por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

La declaración del beneficiario final es una obligación establecida en el Decreto Supremo (DS) 5200, que dispone que todas las sociedades comerciales deben proporcionar esta información dentro de los plazos y formatos definidos por el Seprec.

Esta declaración se realiza en diversos trámites del Registro de Comercio, tales como inscripción de nuevas empresas, renovación de matrícula y actualización de datos.

De acuerdo con el artículo 17 del Decreto Supremo 4904, el beneficiario final es la persona natural que posee o controla directa o indirectamente la entidad o que realiza transacciones en su nombre.

Para su identificación, se aplican criterios específicos: la participación accionaria mínima del 20% o el control efectivo; en su defecto, se designa al funcionario de mayor nivel gerencial como beneficiario final.

Del total de unidades económicas que cumplieron con esta obligación, el 71,8% corresponde a Empresas Unipersonales, el 26,4% a Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL) y el 1,5% a Sociedades Anónimas (SA). Las regiones con mayor número de registros son La Paz (45.501), Santa Cruz (41.564) y Cochabamba (25.356).

Respecto al tipo de trámite, el 69,5% de las declaraciones de beneficiarios finales se realizó durante la renovación de matrícula, el 17,5% en inscripciones nuevas de comerciantes individuales o empresas unipersonales, y el 5,1% en inscripciones de sociedades de responsabilidad limitada, colectivas o en comandita simple.

Además, Seprec recordó que, si una empresa necesita actualizar la información ya declarada sobre su beneficiario final, puede hacerlo a través del trámite 46 denominado “Cambios Operativos”.

“Seprec reitera la importancia de cumplir con esta obligación para evitar sanciones por parte de la Autoridad de Fiscalización de Empresas (Aemp) y destaca que esta medida contribuye a un entorno empresarial más transparente, ético y alineado con los estándares internacionales”, según un reporte institucional.

Fuente: ABI

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