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La Paz: Personas que no usen el barbijo deberán pagar una multa de Bs 589

La Paz: Personas que no usen el barbijo deberán pagar una multa de Bs 589

La Paz, 18 enero (ATB Digital).- Las personas que transiten sin portar barbijo en el municipio de La Paz serán sancionadas con 250 UFV (Bs 589,5325) o trabajo comunitario, según disposición de la Ley Municipal 414 de corresponsabilidad ciudadana, a fin para evitar la propagación y contagio de la COVID-19.

El artículo 11 de la mencionada norma municipal establece como medidas de prevención primaria el uso de barbijo obligatorio fuera de casa y en espacios de interacción social como primera medida, además del lavado frecuente de manos con agua y jabón por el tiempo de 20 segundos por lo menos, cobertura de la boca y nariz al toser o estornudar con la parte interior del codo, mantener el distanciamiento físico, evitar el saludo con contacto físico, seguir rutinas de limpieza y desinfección.

“El incumplimiento a lo dispuesto en el artículo 11 inciso b) y 15 inciso a) así como la incitación al incumplimiento de las medidas establecidas en la presente norma, dará lugar a la conducción de él o los infractores hasta la Unidad de Conciliación Ciudadana, donde será sancionada con una multa de 250 UFV o alternativamente a trabajo comunitario en la fecha y hora determinada por autoridad policial”, señala el artículo 18 de la ley municipal.

Entre las actividades de trabajo comunitario están la limpieza y fumigación de calles, espacios públicos y bienes de dominio público, limpieza, pintura o restauración de centros públicos de educación, de asistencia social y servicios municipales, limpieza, jardinería, reforestación u ornamentación de bienes de dominio público y cualquier otra actividad en beneficio de la comunidad.

“En mérito a la corresponsabilidad social, la población en general, la sociedad civil organizada, el Organismo de Participación y Control Social y toda persona que de manera permanente o temporal circule por el Municipio de La Paz, está obligada a guardar las medidas de bioseguridad correspondientes y cumplir las disposiciones legales vigentes”, señala el artículo 9 de la norma.

Deberes ciudadanos

La norma detalla los deberes que tienen los ciudadanos para evitar que los casos de contagio se incrementen, entre ellas el cumplimiento de las medidas de bioseguridad, cumplir los horarios de tránsito, transitar para lo estrictamente necesario, respetar y cumplir las normas establecidas por los distintos niveles de gobierno

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