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Gobierno crea la Empresa Boliviana de Producción Agropecuaria para fortalecer la soberanía alimentaria

Gobierno crea la Empresa Boliviana de Producción Agropecuaria para fortalecer la soberanía alimentaria

La Paz, 20 abril 2022 (ATB Digital).- Con el objetivo de fortalecer la soberanía alimentaria y dinamizar la economía a través de la producción agropecuaria, el presidente Luis Arce promulgó este miércoles el Decreto Supremo N° 4701 que determina la creación de la Empresa Boliviana de Producción Agropecuaria.

“Hoy aprobamos el DS 4701 que crea la Empresa Boliviana de Producción Agropecuaria, con la misión estratégica de fortalecer nuestra soberanía alimentaria, dinamizar el mercado y la economía a través de la producción agropecuaria, y generar excedentes en favor del pueblo boliviano”, informó el jefe de Estado a través de sus rede sociales.

Según indica el decreto, la Empresa Boliviana de Producción Agropecuaria contará con un patrimonio inicial de Bs 140 millones, por lo que se autoriza al Ministerio de Economía transferir esos recursos a través del Tesoro General de la Nación.

“Se crea la Empresa Pública Nacional Estratégica denominada Empresa Boliviana de Producción Agropecuaria de tipología Estatal con personalidad jurídica y patrimonio propio, duración indefinida, autonomía de gestión técnica, financiera, administrativa, legal y comercial, bajo tuición de la Ministra o Ministro de Desarrollo Rural y Tierras como responsable de la política del sector”, señala el Artículo 2 del decreto en su parágrafo I, publicado en la Gaceta Oficial del Estado.

También indica que la empresa pública “podrá recibir tierras fiscales disponibles en propiedad, para desarrollar su giro productivo”.

Respecto a las fuentes de financiamiento con las que contará la empresa, se determinan las siguientes: recursos específicos generados por el giro de negocio; y créditos y/o donaciones, conforme a la normativa vigente.

“La Empresa Boliviana de Producción Agropecuaria tiene por giro y actividad principal, la producción, procesamiento y transformación de productos agrícolas y pecuarios; y comercialización en el mercado interno y externo de sus productos”, expresa el Artículo 3 de la norma.

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