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DS 4861 establece la implementación de cédula de identidad y licencia de conducir digitales

DS 4861 establece la implementación de cédula de identidad y licencia de conducir digitales

La Paz, 13 ene 2023 (ATB Digital). – La población boliviana tendrá su cédula de identidad y la licencia de conducir en formato digital y físico, de acuerdo con el Decreto Supremo 4861.

La obtención del documento digital es voluntaria y su vigencia será de dos años. Además tendrá validez en todo el territorio nacional y, como pasa con los documentos físicos, está bajo administración del Servicio General de Identificación Personal (Segip).

“Se implementa la cédula de identidad en formato digital como extensión de la cédula de identidad en formato físico, que a su sola exhibición acredita la identificación del titular, siendo válida en la jurisdicción territorial. Será obtenida de manera voluntaria por las y los bolivianos a partir de los 18 años de edad”, establece el parágrafo I del artículo 4 del decreto.

Además refiere que el carnet de identidad y la licencia de conducir podrán ser exhibidos desde la aplicación móvil Estado Digital ED-7, administrada por el Segip. El titular tendrá la posibilidad de mostrar indistintamente el documento digital o físico para acreditar su titularidad.

El decreto también indica que las condiciones de desarrollo técnico y medidas de seguridad específicas de la cédula de identidad en ambos formatos serán reglamentadas por el Segip.

Al igual que la cédula de identidad, la licencia para conducir en formato digital será una extensión de ese documento en formato físico.

“La licencia para conducir en formato digital acredita que el titular está facultado para conducir vehículos, pudiendo exhibirla en forma alternativa a la licencia para conducir en formato físico”, se explica en el parágrafo II del artículo 11 del decreto.

La habilitación y baja de estos documentos digitales podrá realizarse desde un único dispositivo móvil.

Además, en la disposición transitoria primera indica que en un plazo no mayor a 60 días calendario, computables a partir de la publicación del Decreto Supremo 4861 (el 11 de enero de 2023), el Segip, mediante una resolución, debe aprobar la reglamentación específica y también deberá desarrollar la aplicación móvil Estado Digital ED-7.

(Ahora El Pueblo)

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