La Paz, 14 de mayo 2025 (ATB Digital).- La Defensoría del Pueblo develó que, de los más de 32.000 privados de libertad en las cárceles del país, más del 58% está en calidad de detención preventiva. Es decir que no tienen sentencia condenatoria.
Los datos fueron presentados en el informe de gestión 2024 de la Defensoría, en su calidad de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNP)
El defensor del Pueblo, Pedro Callisaya, detalló que se realizó 494 visitas a diferentes centros de custodia. Entre ellos, centros penitenciarios, centros de reintegración social para adolescentes en conflicto con la ley. También centros de Acogimiento de Niñas Niños y Adolescentes (NNAs), hospitales psiquiátricos, centros de formación policial, militar y cuarteles.
“Según los datos que nos brinda la Dirección General de Régimen Penitenciario, a diciembre de 2024 existe un crecimiento del 11% de la población penal, la cual asciende a 32.035 personas, de las cuales el 6,82% son mujeres. El hacinamiento llega al 105% y el total de detenidos preventivos es del 58,71%”, detalló Callisaya.
Acoró que el informe identifica que la detención preventiva “afecta desproporcionadamente” a las mujeres, con un porcentaje que llega al 62,4%.
Mientras que el de los hombres llega al 58,4% en esta situación procesal. “Esta medida, que debería ser excepcional según el Código de Procedimiento Penal, se aplica de manera rutinaria, evidenciando deficiencias en las garantías procesales, particularmente en la presunción de inocencia, el derecho a un juicio justo y ocasionando que se produzca de facto una inversión de la carga de la prueba y que la detención preventiva se transforme en una pena anticipada”.
VULNERABILIDAD
La institución observa que, en contextos de vulnerabilidad, como el de las mujeres responsables de hijos menores, la detención preventiva tiene efectos desproporcionados.
“Los estándares internacionales, incluyendo las Reglas Nelson Mandela y las Reglas de Bangkok, enfatizan que las medidas cautelares deben ser proporcionales y priorizar alternativas no privativas de libertad. Especialmente para mujeres en situación de vulnerabilidad”, señaló el defensor.
La CIDH ha señalado que la detención preventiva, como pena anticipada, constituye una grave violación de derechos humanos y debe limitarse a lo estrictamente necesario.
Finalmente, Callisaya destacó que el Informe 2024 incluye 15 recomendaciones a diferentes instituciones del Estado, las cuales “tienen un rol preventivo” y buscan el respeto del ser humano.
Fuente: La Razón