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Caso EBA: Tribunal reafirma que Añez no fue “Presidenta Constitucional” y no goza de juicio de responsabilidades

Caso EBA

La Paz, 4 de noviembre 2022 (ATB Digital).- Los vocales de la Sala Penal Segunda de La Paz, Henry David Sánchez y César Portocarrero, decidieron este viernes que Jeanine Añez no goza del beneficio de someterse a un juicio de responsabilidades por el caso EBA al no considerar que fue Presidenta constitucional del Estado.

La información fue proporcionada en la cuenta de Twitter de la exmandataria, quien afirmó que si ella no fue Presidenta constitucional, entonces “Luis Arce tampoco lo es”.

“Vocales de La Paz Henry David Sánchez y César Portocarrero calcando el libreto del Min de Justicia masista, resuelven en #Patraña3, con cámaras apagadas en audiencia virtual, que #JeanineAñez NO FUE PRESIDENTE DE BOLIVIA. Si ella no fue, tampoco Luis Arce es (sic)”, se lee en la cuenta de la exmandataria.

Los vocales, así, ratificaron la decisión que había tomado el juez Heber Torrejón, quien el pasado 13 de octubre negó que la exmandataria pueda someterse a un juicio de responsabilidades por el llamado ‘caso EBA’ y, así, abrió la puerta para que sea juzgada por la vía ordinaria.

En su decisión, el juez señaló que Añez no fue presidente “constitucional”, puesto que no acreditó de manera documentada que hubiera adquirido la investidura presidencial de acuerdo con los rituales constitucionales. La decisión, incluso, abre la posibilidad de que la también exsenadora sea juzgada por la vía ordinaria en otros casos-.

En noviembre de 2021 la Fiscalía imputó a la expresidenta por los delitos de nombramientos ilegales, resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes, incumplimiento de deberes y anticipo o prolongación de funciones, acusándola de haber designado ilegalmente a su familiar, Karina Fabiola Leiva Áñez de Ruiz, como gerente de la Empresa Boliviana de Alimentos (EBA) en 2020, sin que cumpla requisitos para ese cargo.

El proceso por este caso pasó por distintas etapas entre la  Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz y el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), hasta definir si, finalmente, Añez es juzgada por la vía ordinaria o no.

Finalmente en julio pasado, el TCP decidió rechazar la acción de inconstitucionalidad que planteaba definir las competencias respecto a si Añez debía ser juzgada a través de un juicio de responsabilidades por el denominado ‘caso EBA’.

Con la decisión, y tras varios recursos y decisiones, el TCP allanó el camino para que Añez sea juzgada por la vía ordinaria

En concreto, un auto constitucional de la Comisión de Admisión del TCP, de noviembre de 2021, pero que recién fue notificado, revocó la resolución de la Sala Cuarta Penal de La Paz, que decidió promover el recurso de inconstitucionalidad concreta en contra de artículos de la ley de juicio de responsabilidades, y en consecuencia, rechazar el mismo.

La Comisión del TCP argumentó que su rechazo se basa en la falta de fundamentos jurídico-constitucionales que ameriten la admisión de esta acción normativa y considera que el tribunal judicial consultante, al promover de oficio la acción de inconstitucionalidad concreta, no obró correctamente.

Cabe recordar que Añez ya fue sentenciada a 10 años de cárcel por el denominado ‘caso Golpe de Estado II’ y afronta otro proceso por los mismos hechos del 2019.

Fuente: Oxigeno Digital

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