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Fundación Jubileo se equivoca respecto al servicio de la deuda

Recientemente, la Fundación Jubileo publicó un documento de deuda pública de Bolivia, en el que afirma que el servicio de la deuda alcanzó el 30% de los ingresos totales, los cuales se situaron por encima del límite establecido (20%), según el artículo 35 de la Ley 2042; lo que es erróneo.

La norma citada por la Fundación Jubileo es aplicable solamente a Entidades Territoriales Autónomas (gobernaciones y municipios, ETAS de aquí en adelante) y universidades públicas (UP), principalmente. Esta aplicabilidad se puede evidenciar si se cita la primera parte del artículo mencionado.

El texto completo del artículo 35 de la Ley 2042 dice: “Las entidades públicas descentralizadas, autónomas y autárquicas deben sujetarse a los siguientes límites de endeudamiento: El servicio de la deuda (amortizaciones a capital, intereses y comisiones) comprometido anualmente, no podrá exceder el 20% de los ingresos corrientes recurrentes percibidos en la anterior gestión…”.

Como se puede notar, la primera parte del artículo mencionado cierra el alcance de su aplicación a las ETAS y UP. Es decir que el artículo no aplica a la deuda del Tesoro General de la Nación u otras instituciones públicas.

El espíritu del artículo en cuestión tiene la finalidad de regular el saldo y el servicio de la deuda de las ETAS y UP, puesto que estas entidades tienen capacidad limitada de generar ingresos propios.

Respecto a la capacidad de endeudamiento de las ETAS y UP, el 98,9% de estas entidades se encuentra dentro de los límites de endeudamiento establecidos por la normativa vigente, en la gestión 2022.

En cuanto al servicio, entre 2021 y 2022, el indicador promedio del servicio de deuda de los gobiernos autónomos departamentales disminuyó de 13,9% a 12,5%. Al mismo tiempo, los gobiernos municipales autónomos redujeron su indicador promedio de servicio de deuda de 5,1% a 4,4%, en el periodo mencionado.

Estos datos del servicio de deuda son coherentes con el reciente desempeño de sus cuentas fiscales. Para el 2022, las ETAS y UP alcanzaron un superávit fiscal de 0,3% del PIB, resultado de un aumento de sus ingresos (Bs 28.694 MM) en mayor proporción que sus gastos (Bs 27.818 MM).

A futuro, el reto de las ETAS y las UP es mejorar sus ingresos para generar mayores niveles de endeudamiento, puesto que existen diversas necesidades de educación y salud en los diferentes municipios.

El error de la Fundación Jubileo es querer colocar un zapato de bebé en los pies de un adulto, lo cual le resta credibilidad en sus análisis. El servicio de la deuda de las ETAS y UP se encuentra dentro de los parámetros sostenibles acorde a la normativa vigente.

Marco Gavincha es economista.

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