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Gobierno brinda acceso para fondos a universidades e institutos técnicos

La Paz, 29 de dic 2023 (ATB Digital).- El Fondo, de acuerdo con el Decreto Supremo 5008, cuenta con un monto de hasta Bs 50 millones asignados por el Tesoro General de la Nación (TGN).

Las universidades privadas y los institutos técnico tecnológicos, fiscales, privados y de convenio podrán postular y acceder a financiamiento del Fondo de Fomento al Desarrollo de Ciencia y Tecnología (FONDECYT), que hasta el momento estaba restringido a universidad públicas de acuerdo al decreto 5092.

En efecto, la norma, aprobada en el gabinete de ministros del miércoles, amplía el universo de beneficiarios al modificar el decreto 5008, de 30 de agosto de 2023, que reglamenta el Artículo 5 de la Ley 1493, de 17 diciembre de 2022, del Presupuesto General del Estado – Gestión 2023, que crea el FONDECYT.

“El FONDECYT financiará el desarrollo de proyectos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación a ser desarrollados por las universidades e institutos técnico tecnológicos, en base a necesidades identificadas por entidades y empresas de sectores estratégicos, productivos y otros de prioridad para el Estado Plurinacional de Bolivia», se lee en el parágrafo segundo del artículo 2 del decreto supremo publicado en la Gaceta Oficial.

El Fondo, de acuerdo con el Decreto Supremo 5008, cuenta con un monto de hasta Bs 50 millones asignados por el Tesoro General de la Nación (TGN).

El Ministerio de Planificación del Desarrollo, a través del Viceministerio de Ciencia y Tecnología, es el responsable de la administración.

En esa medida, esta cartera de Estado debe identificar las necesidades de investigación y desarrollo en coordinación con entidades y empresas de sectores estratégicos, productivos y otros de prioridad para el Estado Plurinacional de Bolivia; emitir las convocatorias públicas en las cuales se definan el alcance institucional, plazos y condiciones para la presentación de proyectos; y gestionar el proceso de evaluación y priorización de los proyectos a ser financiados.

Para acceder al financiamiento con recursos del FONDECYT, las universidades e institutos técnico tecnológicos deberán participar de convocatorias públicas, a través de la presentación de proyectos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación.

Las universidades públicas autónomas; universidades indígenas; universidades de régimen especial y los institutos técnico tecnológicos de carácter fiscal deberán suscribir un convenio interinstitucional y de seguimiento con el Ministerio de Planificación del Desarrollo, el cual contendrá una cláusula de débito automático para la devolución de los recursos asignados por el FONDECYT, en caso de que estos sean destinados a actividades diferentes a las establecidas en el convenio o el mismo no sea cumplido.

También las universidades privadas, institutos técnico tecnológicos de carácter privado y de convenio podrán “suscribir un convenio de transferencia público – privada y de seguimiento con el Ministerio de Planificación del Desarrollo, el cual contendrá una cláusula de garantías para la devolución de los recursos asignados por el FONDECYT, en caso de que éstos sean destinados a actividades diferentes a las establecidas en el convenio o el mismo no sea cumplido».

Las universidades e institutos técnico tecnológicos podrán utilizar la información generada y los resultados obtenidos en los proyectos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación financiados por el fondo, únicamente con fines académicos, previa autorización del Ministerio de Planificación del Desarrollo.

El decreto también autoriza al Ministerio de Planificación del Desarrollo a realizar transferencias público – privadas a favor de universidades privadas e institutos técnico tecnológicos de carácter privado y de convenio que accedan a los recursos.

El Ministerio de Planificación del Desarrollo debe aprobar la reglamentación específica que regulará el importe, uso y destino de las transferencias público – privadas, mediante Resolución Ministerial.

Con el fin de cumplir con la incorporación de las universidades privadas, institutos técnico tecnológicos de carácter privado y de convenio al FONDECYT, el Ministerio de Planificación del Desarrollo debe adecuar la reglamentación emitida al Decreto Supremo 5008, de 30 de agosto de 2023 mediante Resolución Ministerial, en un plazo no mayor a treinta días hábiles computables a partir del 27 de diciembre.

Fuente: Eju

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