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Gestora asegura que los aportes de los trabajadores serán invertidos para garantizar pago de rentas

Gestora asegura que los aportes de los trabajadores serán invertidos para garantizar pago de rentas

La Paz, 08 de octubre de 2022 (ATB Digital). – La Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo aclaró este sábado que los recursos económicos de los fondos de los trabajadores serán invertidos únicamente para garantizar el pago de rentas.

“Es totalmente falso que las ganancias que se generen, mediante la administración de los fondos de los trabajadores, sean destinadas al pago de la Renta Dignidad”, se asegura en un reporte de prensa de la Gestora Pública.

La aclaración surge a propósito de aseveraciones de dirigentes del magisterio urbano y jubilados que consideran que la Gestora utilizará los aportes de los trabajadores para cubrir otras obligaciones del Estado.

La Gestora rechazó que el Decreto Supremo 4716 afecte los fondos de los trabajadores que administrará la empresa estatal, en el marco de la Ley de Pensiones 065.

De acuerdo al artículo 6 de la Ley 065, “los Fondos del Sistema Integral de Pensiones se constituyen como un patrimonio autónomo y diverso del patrimonio de la entidad que los administra, son indivisos, imprescriptibles e inafectables por gravámenes o medidas precautorias de cualquier especie y sólo se pueden disponer de conformidad a la presente ley”.

En ese sentido, la entidad aclaró que las ganancias y la rentabilidad de los aportes son únicamente destinadas a los propios fondos, invertidas para generar beneficio a favor de los asegurados.

Los aportes de los asegurados “únicamente” pueden ser invertidos en títulos valores, públicos o privados, que cumplan criterios de calificación de riesgo, rentabilidad.

“Una cosa es el patrimonio de los trabajadores, el fondo que invertimos todos y otra muy distinta es el patrimonio de la Gestora. El destino del fondo de los trabajadores solo puede ser para hacerlo crecer y pagar sus pensiones”, enfatizó el gerente General de la entidad, Jaime Durán.

Con relación a las utilidades que genera la Gestora, la Ley de Pensiones establece que las administradoras reciban comisiones como un pago por el trabajo.

Dichas utilidades, a diferencia de las Administradoras de Fondo de Pensiones (AFP), serán destinadas al Fondo Solidario y al Fondo de la Renta Universal de Vejez, en beneficio de los asegurados y de la población adulto mayor, de acuerdo al Decreto Supremo 4716, de 11 de mayo de 2022, en pleno cumplimiento de la política de redistribución de los recursos del Gobierno.

La entidad de carácter público, “no actúa a libre albedrío” porque es supervisada por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros (APS) y fiscalizada por la Contraloría General del Estado.

Asimismo, de manera anual, la Gestora debe cumplir con las Rendiciones Públicas de Cuentas, difundir información sobre sus estados financieros y de los fondos bajo su administración, remitiendo los mismos al Ejecutivo como al Legislativo.

Además, está sujeta a la fiscalización del Control Social, reconocida por la Constitución Política, artículo 241, parágrafo II.

Los mecanismos de control garantizan que la Gestora efectuará un manejo adecuado de los recursos económicos, según la información institucional.

(ABI)

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